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¿Quién es el gerente y qué hace?
Artículo 2 del Decreto Legislativo 81/08, definiciones
d) "gerente": persona que, en virtud de sus habilidades profesionales y poderes jerárquicos y funcionales apropiados a la naturaleza de la tarea que se le encomienda, implementa las directivas del empleador organizando y supervisando la actividad laboral.
El gerente representa una especie de adjunto del empleador o de su sustituto, y posee la autonomía necesaria para ejercer su propio criterio.
Autonomía
Su actividad puede referirse a un sector específico o a la totalidad de la empresa.
La " rama autónoma " de la empresa está representada por un conjunto unitario de servicios que tienen el mismo propósito y que, aunque están destinados al mismo organismo, pueden asumir una configuración independiente mediante la centralización de actividades y recursos, teniendo por lo tanto una relación de dependencia directa con él.
En vista de lo anterior, resulta fácil comprender la importancia central de esta figura profesional dentro de la compleja realidad de una empresa. Para abordar el alto nivel de complejidad que suele caracterizar a un negocio, puede ser necesario contar con una serie de gerentes organizados jerárquicamente, estableciendo así restricciones de subordinación y coordinación . A pesar de ello, se conserva un grado considerable de autonomía y responsabilidad en la toma de decisiones , características esenciales de la gestión en cualquier nivel.
responsabilidad
Ya con el Decreto Legislativo 242 se estableció una distinción entre las obligaciones reservadas al empleador y las que compartía con los gerentes, identificando una diferencia sustancial entre ambas cifras que se superó con el Decreto Legislativo 81/2008 .
Según la Sección IV del Tribunal Supremo de Casación , el poder legislativo ha hecho responsables a los directivos, aun cuando carezcan de delegación específica, de una serie de cuestiones, relacionadas ante todo con la seguridad en el trabajo.
En vista de lo anterior, el gerente, al ser ya delegado del empleador, también debe abordar estas cuestiones, poseyendo las habilidades y responsabilidades necesarias para ejercer este tipo de prioridad. Al respecto, la sentencia n.º 1238 del Tribunal de Casación, Sección IV, estableció que: el control ejercido por el gerente para implementar las medidas de seguridad establecidas por la normativa laboral consiste en medidas relativas a la información , la capacitación , el equipo adecuado, los dispositivos de seguridad y cualquier otra medida apropiada que sea útil para garantizar la seguridad en el lugar de trabajo.
En consecuencia, la experiencia del gerente en esta área abarca una amplia gama de temas y sus responsabilidades cubren numerosas e importantes cuestiones, por lo que esta cifra no puede excluirse de las responsabilidades previamente mencionadas.
El Tribunal de Casación ha definido al Gerente como aquel que: "incluso en cumplimiento de las directivas programáticas recibidas del empleador, aún tiene poderes y, por lo tanto, es capaz de dar dirección y orientación a la gestión general de la empresa y/o a una de sus sucursales o sectores autónomos , asumiendo todas las responsabilidades de alto nivel correspondientes" (Cass. 2005 n. 19903).
El Tribunal de Casación, en un caso, subrayó efectivamente que "el papel del gerente"
No implica necesariamente facultades de gasto y establece el rol de garante de seguridad de forma independiente dentro del ámbito de responsabilidad de gestión asignado al gerente. Este rol es independiente de la delegación, que se aplica cuando el empleador transfiere a otra persona, total o parcialmente, deberes y facultades (incluidas las facultades de gasto).
[Tribunal Penal de Casación, Sección 4, 12 de noviembre de 2008, n.º 42136].
Cabe señalar que la función profesional del gerente implica la realización de tareas coordinadas y no subordinadas a las de otros gerentes , en cualquier nivel, que se caracterizan por una autonomía y facultades de decisión significativas, que los diferencian cualitativamente de los que se confían a los empleados directivos (Cass. Labour Section 19.07.07 n. 16015).
En esta actualización cubriremos los siguientes temas:
- Medidas técnicas y organizativas
- Organización de la prevención en la empresa:
- actores
- Obligaciones y responsabilidades
- Tareas e informes
- Medidas de prevención
- EPI
- Motivar para la seguridad
- Vigilancia sanitaria
- Evaluación de riesgos:
- Riesgo de estrés laboral
- Riesgo de campos electromagnéticos (CEM): Implementación de la Directiva 2013/35/UE